¿Cómo funciona lo de la factura electrónica?
¿Cómo funciona lo de la factura electrónica?
La factura electrónica con formato estructurado. Son facturas que contienen datos y pueden ser generadas automáticamente por los sistemas informáticos de facturación del emisor y ser tramitadas de forma igualmente automatizada por los sistemas informáticos de pago y contabilidad del receptor.
¿Cuándo entra en vigencia la factura electrónica?
(Acuerdo de Directorio Número SAT-13-2018) El Acuerdo fue publicado en el Diario Oficial el 2 de mayo de 2018 y entra en vigencia el 23 de mayo de 2018, así mismo, el Acuerdo 26-2019 contiene las reformas al Acuerdo 13-2018, fue publicado en el Diario de C.A. el día 27 de noviembre de 2019”.
¿Quién está exento de la factura electrónica?
Personas naturales vendan bienes catalogados como excluidos. que presten servicios que no están gravados con IVA, que hayan obtenido ingresos brutos totales y que provengan de estas actividades en el año inmediatamente anterior o en el año en curso inferiores a 3.500 UVT (Unidad de Valor Tributario).
¿Quién está obligado a factura electrónica?
¿Quiénes deben facturar electrónicamente? Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios. Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT. Personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.
¿Quién está obligado a emitir factura electrónica?
Los responsables inscriptos o exentos en el impuesto al valor agregado y los monotributistas (con excepción del régimen de inclusión social) se encuentran obligados a utilizar controlador fiscal y/o a emitir facturación electrónica.
¿Cómo saber si estoy obligado a emitir comprobantes electronicos?
Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.
¿Quién está obligado a declarar el IVA?
Por regla general toda persona natural o jurídica que venda productos gravados con el Iva o preste servicios gravados con el Iva, es responsable del impuesto a las ventas. Si el contribuyente, persona natural o jurídica, vende productos o presta servicios que no están gravados con Iva, no son responsables del Iva.
¿Cuándo es obligatorio el controlador fiscal?
Contribuyentes inscriptos en IVA y monotributistas hasta julio del 2018 que ya usan Controlador Fiscal: Deberán seguir utilizando este sistema de facturación; sin embargo, dado que cuentan con equipos no homologados con la leyenda “Nueva Tecnología”, sólo podrán utilizar el equipo actual hasta el 31 de enero de 2021.
¿Cuando un monotributista está obligado a usar controlador fiscal?
El monotributista sólo está obligado a tener controlador fiscal cuando opte por respaldar sus operaciones con consumidores finales mediante la emisión de tiquets o cuando renueven el parque de máquinas registradoras instaladas. Caso contrario, el monotributista no está obligado a tener controlador fiscal. >
¿Qué pasa si se me rompe el controlador fiscal?
Así, por ejemplo, si un controlador sufre alguna avería, su titular deberá confeccionar el comprobante de manera manual para lo que deberá tener un talonario de facturas a mano y, además, deberá registrar esa operación en el denominado libro del controlador fiscal.
¿Qué necesito para que me facturen como persona fisica?
¿Qué necesito para facturar electrónicamente?
- 1) Estar dado de alta ante hacienda, ya sea como persona moral o persona física y contar con Cédula de Inscripción al RFC.
- 2) Contar con Firma Electrónica Avanzada (conocida como FIEL).
- 3) Para personas morales, contar con un Certificado de Sello Digital (CSD).