Quien esta exento del 347?
¿Quién está exento del 347?
Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin tener en el territorio español la sede de su actividad económica, un establecimiento permanente o su domicilio fiscal, o en caso de entidades sujetas al régimen de atribución de rentas en el extranjero, sin tener presencia en el territorio español …
¿Quién está obligado a declarar el IVA?
Por regla general toda persona natural o jurídica que venda productos gravados con el Iva o preste servicios gravados con el Iva, es responsable del impuesto a las ventas. Si el contribuyente, persona natural o jurídica, vende productos o presta servicios que no están gravados con Iva, no son responsables del Iva.
¿Quién debe presentar declaración de IVA?
¿Quién están obligados a presentar la declaración de Iva? Como lo señalamos al inicio, la declaración de Iva debe ser presentada por toda persona natural o jurídica que sea responsable del impuesto a las ventas, que antiguamente se conocían como régimen común.
¿Qué es el modelo 347 y cuando se presenta?
¿Qué es el Modelo 347? El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas. Se presenta en febrero de cada año, si bien la medida original del Ejecutivo pasaba por el adelanto de la fecha al mes de enero para homogeneizar los tiempos de presentación.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 303?
El modelo 303 debe ser presentado por cualquier profesional, autónomo o empresario que desarrolle una actividad económica y operaciones sujetas a IVA, independientemente del tipo de empresario que sea (sociedad, autónomo, asociación, cooperativa, sociedad civil…) y del resultado de la declaración (a ingresar, a cero.
¿Cómo se incluye el IVA dentro del modelo 347?
Modelo 347: ¿Se incluye el IVA dentro del importe a declarar?. Al tratarse de una operación sujeta y no exenta de IVA, se deberá tener en cuenta el importe total de la contraprestación, incluido el impuesto. Si la contraprestación total, IVA incluido, es superior a 3005,06 euros, la operación debe declararse en el modelo 347.
¿Qué es el modelo 347?
El modelo 347 es una declaración informativa de operaciones que hayan tenido las empresas y autónomos con sus proveedores o clientes por importes que superen los 3005,06 €, a lo largo del año anterior, en este caso el 2017.
¿Cuál es la fecha límite de presentación del modelo 347?
El plazo para presentar el modelo 347 se extiende desde el inicio de febrero hasta terminar dicho mes. Es decir, la fecha límite de presentación del modelo 347 dependerá del año en el que debamos hacer la presentación del modelo. Si el mes de febrero tiene 28 días, la fecha límite de presentación será el día 28.
¿Se deben incluir las cuotas de la seguridad social en el modelo 347?
¿Se deben incluir las cuotas de la Seguridad Social satisfechas por régimen general, tanto de la empresa como de los trabajadores TC-1; tributos municipales: IAE, IBI? No deben incluirse en el modelo 347 ninguno de los conceptos indicados por no tratarse de entregas de bienes y prestaciones de servicios.
