Que son las cuotas moderadoras y los copagos?
¿Qué son las cuotas moderadoras y los copagos?
Los copagos son el aporte en dinero que hacen únicamente los afiliados beneficiarios y que corresponde a un porcentaje del valor del servicio. Por su parte, las cuotas moderadoras son el pago que hace el afiliado cotizante y beneficiario, cuando requiere los siguientes servicios de salud.
¿Cuáles son los principios para la aplicación de cuotas moderadoras y copagos?
Las cuotas moderadoras y los copagos se aplicarán teniendo en cuenta el ingreso base de cotización del afiliado cotizante. Si existe más de un cotizante por núcleo familiar se considerará como base para el cálculo de las cuotas moderadoras y copagos, el menor ingreso declarado.
¿Qué servicios están exentos al cobro de cuotas moderadoras?
No obstante, en todos los casos, existen ciertos servicios exentos del cobro de copagos: servicios de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, programas de control en atención materno infantil, programas de control en atención de las enfermedades transmisibles, enfermedades catastróficas o del alto costo.
¿Qué es una cuota moderadora Acuerdo 260 de 2004?
Cuotas moderadoras. Las cuotas moderadoras tienen por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS.
¿Qué es una cuota copago?
El copago es un pago parcial que el usuario debe realizar por un servicio procedimiento determinado, como una hospitalización, una cirugía, un tratamiento intrahospitalario, etc. El copago debe ser realizado por el beneficiario más no por el afiliado cotizante.
¿Qué servicios están sujetos al cobro de cuotas moderadoras?
Las cuotas moderadoras son aplicables únicamente a los afiliados cotizantes y a sus beneficiarios en el Régimen Contributivo, mientras que los copagos se aplican única y exclusivamente a los afiliados bene- ficiarios del Régimen Contributivo y los afiliados al Régimen Subsidiado, según lo establecido en el artículo 3º …
¿Cuándo se paga un copago?
En el caso de la cuota moderadora, se paga por cada consulta o examen médico que se realice. En el caso del copago se paga por evento o procedimiento médico, que incluye todo el servicio integral que se le preste al paciente.
¿Qué servicios están exentos del cobro de copagos en el regimen contributivo?
Consulta médica general o especializada.
¿Qué servicios no están sujetos al cobro de copagos?
Deberán aplicarse copagos a todos los servicios contenidos en el plan obligatorio de salud, con excepción de:
- Servicios de promoción y prevención.
- Programas de control en atención materno infantil.
- Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles.
- Enfermedades catastróficas o de alto costo.
¿Qué es la cuota moderadora?
La cuota moderadora es el valor que se debe pagar por todo servicio de salud que se utilice y tiene como finalidad la racionalización del uso de los recursos de salud. Esta cuota se paga por cada cita o consulta que se realice con el médico general o especialista, el odontólogo, por la realización de exámenes, etc.
¿Quién paga el copago?
Los copagos son aportes en dinero que realizan los afiliados al Régimen Subsidiado y corresponden a una parte del valor del servicio.
