Como se compensa el IVA a favor?
¿Cómo se compensa el IVA a favor?
El saldo a favor se genera con posterioridad al impuesto omitido, por lo tanto, los recargos se calculan hasta la fecha en que se determina el saldo a favor. El saldo a favor se actualiza desde la fecha en que se generó y hasta su compensación en tériminos del artículo 23 del CFF.
¿Cuándo procede la compensación de un saldo a favor de IVA contra el mismo IVA por pagar?
La compensación se realiza a partir del monto actualizado, a partir del mes del pago de lo indebido o e en el que se proporciona un estado de cuenta con el saldo a favor, hasta el mes en que se haga la compensación.
¿Que se puede compensar en 2021?
A partir del mes de febrero de 2021, se actualizó el servicio de declaraciones y pagos(DyP) del portal del Servicio de Administración Tributaria, para que los contribuyentes puedan presentar la compensación de cantidades a favor por pago de indebido del Impuesto al Valor Agregado y del ISR retenciones.
¿Cuándo caduca el IVA a favor?
5 años
El derecho a solicitar en devolución o compensación un saldo a favor, prescribe en un plazo de 5 años a partir de que se presentó o debió presentarse la declaración correspondiente.
¿Cómo recuperar el saldo a favor de IVA?
RMISC 2020). Por lo anterior, cuando un contribuyente genere un saldo a favor de IVA, correspondiente al ejercicio fiscal 2019 y posteriores, únicamente lo podrá recuperar en cualquiera de las siguientes formas: Acreditarlo contra el propio IVA a su cargo en los meses siguientes hasta agotarlo.
¿Por qué no procede la compensación de las retenciones del ISR?
No procede la compensación de las diferencias a favor de retenciones del ISR por sueldos y salarios contra otros impuestos federales, ya que existe un mecanismo específico en el artículo 97 de la Ley del ISR para compensar dichas diferencias. 1.
¿Cómo puedo compensar el IVA contra el IEPS?
2. La compensación del IEPS debe efectuarse en los términos del artículo 5 de la Ley de IEPS (cuando en la declaración de pago mensual resulte saldo a favor, el contribuyente únicamente podrá compensarlo contra el IEPS a su cargo que le corresponda en los pagos mensuales siguientes hasta agotarlo). *Se podrá compensar IVA contra IVA conforme al
