Que es una prestacion accesoria?
¿Qué es una prestación accesoria?
Las prestaciones accesorias pueden definirse como obligaciones adicionales (las cuales pueden consistir en dar algo, o hacer o no hacer alguna cosa, etc), que uno o varios socios de la sociedad de una sociedad de capital asumen voluntariamente frente a ésta (siendo la sociedad la beneficiaria de la prestación).
¿Qué son las prestaciones accesorias ejemplos?
Ejemplos de prestaciones accesorias Prestar un trabajo o colaboración. Ofrecer apoyo tecnológico. Ceder el uso y disfrute de bienes o derechos. Ofrecer asesoramiento profesional.
¿Cuáles son las prestaciones accesorias en materia laboral?
PROCEDIMIENTO LABORAL REINSTALACIÓN, PAGO DE SALARIOS CAÍDOS, RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD, PAGO DE AGUINALDO, VACACIONES, PRIMA VACACIONAL Y DEMÁS PRESTACIONES POR CONCEPTO DE DESPIDO INJUSTIFICADO.
¿Qué son las prestaciones accesorias en las sociedades de capital?
Las prestaciones accesorias son prestaciones sociales, obligaciones asumidas por el socio o los socios en favor de la sociedad. Dado que estas prestaciones tienen carácter económico y obligan a los socios al respecto de la sociedad, forman parte del patrimonio social, pero no del capital.
¿Qué son las prestaciones en derecho mercantil?
[DCiv] Constituye el objeto de la obligación lo que debe realizar el deudor para satisfacer los derechos del acreedor. Puede consistir en dar o entregar alguna cosa, en hacer algo o en abstenerse de alguna conducta. Además, debe ser susceptible de valoración económica.
¿Cuáles son las obligaciones principales?
Son obligaciones principales aquellas que gozan de existencia propia e independiente, como lo es la obligación de entregar la cosa el vendedor al comprador en el contrato de compraventa, en contraposición a las accesorias, que son las obligaciones que dependen de una principal, a la cual se encuentran subordinadas y a …
¿Cuáles son los derechos y obligaciones de los socios?
Cumplir y hacer cumplir las Bases Constitutivas, los reglamentos, políticas, procedimientos y demás normatividad vigente. Cubrir el valor de la parte social. Participar en el desarrollo económico y social de la Sociedad con el objeto de generar un impacto efectivo y favorable en su comunidad.
¿Cuáles son las sociedades intermedias?
Las sociedades comerciales denominadas intermedias son las SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
¿Qué son las prestaciones en el trabajo?
Las prestaciones de trabajo son beneficios adicionales a los que el trabajador se hace acreedor al pertenecer a una empresa. Estas surgen de la relación contractual y son independientes al salario. Productividad: Los empleados satisfechos con sus salarios y beneficios lograrán ser más productivos en tu organización.
¿Cómo se articulan las prestaciones accesorias?
Y puede articularse a través de las prestaciones accesorias la obligación de cualquiera de los socios de ceder su participación a la sociedad o a quien ésta determine cuando se produzcan determinadas circunstancias y se trate de supuestos que no encajan entre los permitidos de adquisición de las propias participaciones.
¿Cuál es la obligación de realizar prestaciones accesorias?
Tal como se recoge en la LSRL, la obligación de realizar prestaciones accesorias puede fijarse ya en los estatutos de la escritura de constitución para todos o algunos de los socios, especificando aquí en qué van a consistir y si se van a retribuir o no y las causas penales que garanticen su funcionamiento.
¿Qué es el recurso a las prestaciones accesorias?
El recurso a las prestaciones accesorias es una buena alternativa cuando los socios no logran acordar cómo aportar al capital algo necesario para que la sociedad pueda desarrollar su objeto social o cuando se trata de aportar bienes o derechos que no pueden aportarse al capital social, como es el caso de la fuerza de trabajo, por ejemplo.
¿Qué es la imposibilidad de cumplir con las prestaciones accesorias?
La imposibilidad de cumplir con las prestaciones accesorias cancela la obligación del socio. No así en caso de defunción, caso en el cual, según el art. 32 LSRL, el socio sucesor adquiere la obligación de cumplir con ellas a excepción de que fuera personalísima.
