Que dice el articulo 50 dela Constitucion Politica de Colombia?
¿Qué dice el artículo 50 dela Constitución Política de Colombia?
ARTICULO 50. Todo niño menor de un año que no esté cubierto por algún tipo de protección o de seguridad social, tendrá derecho a recibir atención gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado.
¿Cuál es el artículo 64 de la Constitución Politica de Colombia?
Los diputados y senadores que no concurran a una sesión sin causa justificada o sin permiso de la Cámara respectiva no tendrán derecho a la dieta correspondiente al día en que falten.
¿Qué dice el artículo 50 de la Constitución?
Artículo 50.- El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se dividirá en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores.
¿Qué dice el artículo 50 dela Constitución?
Artículo 50 Para ser elegido senador se requiere ser ciudadano con derecho a sufragio, haber cursado la enseñanza media o equivalente y tener cumplidostreinta y cinco años de edad el día de la elección.
¿Qué quiere decir el artículo 1 de la Constitución Política de Colombia?
El artículo 1º de la Constitución Política establece que Colombia es un Estado social de derecho fundado en la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
¿Que nos quiere decir el artículo 43?
Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia.
¿Cuántos son los títulos y los artículos de la Constitución Política de Colombia 1991?
Está compuesta por un preámbulo, 13 títulos, 380 artículos y 67 artículos transitorios que regulan los derechos y deberes de los ciudadanos (principios fundamentales; derechos, garantías y deberes; habitantes y territorio; participación democrática y partidos políticos), la organización del Estado (ramas legislativa.
¿Qué significa el artículo 64 de la Constitución Politica?
1 Artículo 64.- Los diputados y senadores que no concurran a una sesión, sin causa justificada o sin permiso de la Cámara respectiva, no tendrán derecho a la dieta correspondiente al día en que falten.
