Preguntas más frecuentes

Cual es el plazo para presentar las cuentas anuales?

¿Cuál es el plazo para presentar las cuentas anuales?

La presentación de las Cuentas Anuales debe realizarse dentro de los 30 días siguientes a la Junta General donde fueron aprobadas. Para la mayoría de las sociedades, cuyo ejercicio social coincide con el año natural, el plazo para el depósito de las cuentas anuales finaliza el día 30 de julio.

¿Cómo depositar las cuentas anuales?

El Depósito de las Cuentas Anuales puede realizarse tanto telemáticamente como de forma presencial en el propio Registro Mercantil. En este último caso, la presentación deberá realizarse en la oficina correspondiente al domicilio del empresario o de la sociedad.

¿Cuándo se depositan las cuentas anuales 2020?

Le recordamos que una vez aprobadas las cuentas anuales se deben presentar para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social, en el plazo de 1 mes desde su aprobación. El plazo de 1 mes se cuenta de fecha a fecha, es decir, si se aprueban el día 30 de junio, se depositan el 30 de julio.

¿Cómo se presentan las cuentas anuales en el Registro Mercantil?

Las cuentas anuales se pueden presentar de dos formas en el Registro Mercantil: De forma telemática en la web www.registradores.org. O bien de forma presencial en el Registro Mercantil, y se puede hacer en formato papel, cd o dvd.

¿Qué empresas tienen que presentar las cuentas anuales?

Están obligados a depositar las cuentas anuales: Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, comanditarias por acciones y de garantía recíproca, fondos de pensiones y, en general, cualesquiera otros empresarios que en virtud de disposiciones vigentes vengan obligados a dar publicidad a sus cuentas anuales.

¿Qué pasa si no se presentan las cuentas anuales?

Sanciones por no presentar las cuentas anuales La principal, y más habitual sanción por no presentar las Cuentas Anuales consiste en una multa cuyo importe oscila entre los 1.200 y los 60.000 euros, llegando a los 300.000 euros en casos extremos. A partir de esta cota se aplican las multas de mayor cuantía.

¿Qué significa depositar las cuentas anuales?

Registro de las cuentas que, con carácter anual, recoge los resultados contables del ejercicio social finalizado. Tras el cierre del ejercicio social los administradores tienen la obligación de formular las cuentas, las cuales comprenderán el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria.

¿Cómo se depositan las cuentas anuales en el Registro Mercantil?

¿Cómo se presentan las cuentas anuales Telematicamente?

Estos son los pasos que has de seguir para poder presentar tus cuentas anuales telemáticamente en cualquier lugar y momento.

  1. Descárgate el programa para hacer el depósito.
  2. Rellena con tus datos el depósito digital.
  3. Generar el depósito digital.
  4. Remitir el depósito al Registro Mercantil.

¿Cuál es el plazo de presentación de cuentas en el Registro Mercantil?

La presentación de las cuentas para su depósito en el Registro Mercantil estará dentro del plazo reglamentario si se presentan dentro del mes siguiente a fecha de celebración de la Junta en la que se aprueban (Art. 365.1 del Reglamento del Registro Mercantil y 279 Ley de sociedades de Capital).

¿Cómo pueden presentar las cuentas en el Registro Mercantil de Madrid?

NOTA: El Registro Mercantil de Madrid recomienda, para evitar esperas y desplazamientos innecesarios, la presentación de las cuentas por vía telemática y recuerda que también pueden enviarlas por correo a la siguiente dirección (incluyendo dentro del sobre justificante del ingreso bancario):

¿Qué es un depósito de cuentas anuales?

Depósito de cuentas anuales Las cuentas han de presentarse anualmente en el Registro donde la Sociedad tenga su domicilio social para que queden depositadas, es decir, no se devuelven al cliente. La no presentación de cuentas anuales conlleva el cierre de la boja registral, por lo que no se podrán inscribir documentos en el Registro.

¿Cuál es el plazo para aprobar las cuentas anuales?

El plazo para aprobar las cuentas anuales es hasta el 30 de junio ( si su ejercicio coincide con el año natural ), pero tienes casi un mes extra para depositarlas en el Registro Mercantil.