Como responder demanda de alimentos?
¿Cómo responder demanda de alimentos?
Para contestar la demanda, debe buscar la asesoría de un abogado, preferiblemente uno experto en derecho de familia. En este tipo de casos, la mejor opción es buscar una conciliación con la madre del menor, para de esa manera llegar a un acuerdo escrito para el pago de alimentos.
¿Cuál es el término para contestar demanda ejecutiva de alimentos?
El término para contestar la demanda será de diez (10) días. Si faltare algún requisito o documento, se ordenará, aun verbalmente, que se subsane o que se allegue dentro de los cinco (5) días siguientes.
¿Qué es un proceso ejecutivo de alimentos?
El Proceso Ejecutivo de Alimentos es de carácter civil y se adelanta ante el Juez de Familia competente, en él se busca el pago de la cuota de alimentos a partir del embargo de bienes y derechos del progenitor obligado a brindar alimentos.
¿Quién puede contestar una demanda de alimentos?
Para contestar una demanda por alimentos es necesario que el caso sea llevado por un abogado de confianza. El demandado después de recibir la notificación, será citado para la audiencia preparatoria donde deberá asistir junto con su abogado, de no asistir se realizará de igual manera.
¿Cómo se hace una contestación de demanda?
Debe formularse por escrito, recogiendo un relato de hechos que debe exponerse de manera numerada y separada, y otra relación de fundamentos de derecho, debiendo fijar con claridad y precisión aquello que se pretenda.
¿Cuál es el término para contestar la demanda?
ARTÍCULO 19. Admitida la demanda se correrá traslado de ella al demandado, emplazándolo para que la conteste dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a aquél en que surta efectos el emplazamiento.
¿Cuándo se puede iniciar un proceso ejecutivo de alimentos?
El proceso ejecutivo de alimentos se puede iniciar en caso de incumplimiento por parte de la persona que esta obligada a dar alimentos, siempre que la obliga- ción conste en un documento que preste merito eje- cutivo.
¿Cuál es el procedimiento de un ejecutivo de alimentos?
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- Cédula de Ciudadanía de los responsables del menor.
- Copia del acta de la audiencia de conciliación autenticada, indicando que es primera copia y presta merito ejecutivo o de sentencia judicial en la cual se fijó la cuota alimentaría.
- Registro Civil de Nacimiento del menor.
¿Cómo se inicia un proceso ejecutivo?
El proceso ejecutivo empieza con una demanda en la que debe especificarse quien es el deudor, el acreedor y cual es la deuda, si esta consignada en un titulo valor o cual es el documento que se pretende hacer valer. Las sentencias de jueces también pueden utilizarse como documento con mérito ejecutivo.
¿Cómo se regula la cuota alimentaria?
En general, se establece en un porcentaje de entre 20% y 30% de los ingresos. Por tal motivo, se busca fijar un porcentaje del ingreso. Generalmente, si el progenitor que debe abonar cuota alimentaria tiene trabajo registrado, y por lo tanto, un ingreso fijo, se establece un porcentaje de dichos ingresos.
¿Que se incluye en la cuota alimentaria?
La cuota de alimentos comprende todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción y, en general, todo lo necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes.
