Preguntas más frecuentes

Cual es la version actualizada del PLE?

¿Cuál es la versión actualizada del PLE?

Actualmente, la última versión del PLE es la versión 5.2.0.2, publicada el 03 de mayo de 2021.

¿Cómo ver la constancia de presentacion del PLE?

Recupero la Constancia de Recepción del PLE

  1. Paso 1: Ingresa a Sunat con tu claves sol operaciones en línea.
  2. Paso 2: una vez que ingresaste al clave sol te vas a empresas luego a sistema de libros y registros electrónicos, ahí elijes programa de libros electrónicos PLE.

¿Cómo saber si estoy afiliado al ple Sunat?

En la parte inferior de sus datos de identificación encontrará los siguientes estados respecto a su afiliación al Sistema de Libros Electrónicos: El PLE está reconociendo su condición de afiliado, el cual le da la condición de Generador de libros electrónicos.

¿Cómo saber si llevo libros electrónicos 2019?

Conclusiones. Si ya realizaste tu declaración mensual PDT 621 del periodo Abril 2018, verifica si estarás obligado a usar los libros electrónicos a partir del 2019. Si estas obligado a usar libros electrónicos a partir del ejercicio 2019, recuerda utilizaras el cronograma Tipo B.

¿Cómo recuperar el txt de los libros electronicos?

Si no has realizado una copia de seguridad de tus archivos txt, es muy complicado recuperarlos. Pero, existe una opción en tu computador para volver a recuperar los archivos txt, debemos entrar en una carpeta que el programa PLE 5.1 crea cuando enviar la información a Sunat.

¿Qué cambios hay en el PLE 52?

Cronograma

Último Dígito del RUC y Otros Mes que corresponde la obligación
4 y 5 17/02/2021 21/04/2021
6 y 7 18/02/2021 22/04/2021
8 y 9 19/02/2021 23/04/2021
Los buenos contribuyente y los sujetos no obligados a inscribirse en el RUC 22/02/2021 26/04/2021

¿Cómo recuperar el PLE?

¿Cómo saber si estoy obligado a llevar libros electrónicos?

Obligados a llevar Registro de Ventas y Compras: Desde el 1 de Enero de cada año, los que estén acogidos al Régimen General -RG o Régimen Especial – RER (incorporados o afiliados) y que hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior.