Cuando se puede radicar la planilla 2021?
¿Cuándo se puede radicar la planilla 2021?
Todo Contribuyente que rinde su Planilla a base del año natural 2020 y que, según lo dispuesto en el Subcapítulo A del Capítulo 6 del Subtítulo A del Código, tiene la obligación de someter dicha Planilla no más tarde del 15 de abril de 2021, tendrá hasta el lunes, 17 de mayo de 2021 para radicar la misma.
¿Cuándo puedo radicar planilla 2020?
El próximo 17 de mayo, es la nueva fecha para la radicación de la planilla para el año contributivo terminado el 31 de diciembre de 2020, según la Determinación 21-04 emitida por el Departamento de Hacienda.
¿Dónde llenar planillas gratis Puerto Rico?
Taxmania te ofrece acceso ilimitado a la Planilla de Contribución y la 1040-PR con radicación electrónica gratuita para la Planilla de PR y hasta cinco de la 1040-PR ($5.00 por cada una después del límite).
¿Cuándo se puede llenar la planilla de Puerto Rico?
Todo individuo que rinda su planilla a base de año natural o que no lleve libros de contabilidad, debe Radicar su Planilla en o antes del 15 de abril. Los demás individuos deberán rendir su planilla en o antes del día 15 del cuarto mes siguiente al mes en el cual termine su año contributivo.
¿Quién tiene que radicar planilla en Puerto Rico?
Primero, todo individuo residente o no residente de Puerto Rico —ya sea contribuyente individual o casado— tiene la obligación de rendir una planilla de contribución sobre ingresos cuando el ingreso bruto neto de exenciones sea mayor de cero.
¿Cómo radicar planilla 2020 en Suri?
En el proceso a través de SURI, deberá acceder a su cuenta y seleccionar el enlace Individuo – Contribución sobre Ingresos. Tiene que seleccionar el periodo contributivo 31-dic-2020 y en la sección Quisiera, oprimir el enlace Radicar/Enmendar un Formulario.
¿Quién está obligado a llenar planillas?
¿Quiénes están obligados a rendir planilla? Todo contribuyente, individuo o casado, residente de Puerto Rico, que haya devengado ingreso neto de exenciones mayor de $5,000 durante el año contributivo.
¿Cuánto cuesta llenar planillas?
Nuestros precios son Fijos y Siempre publicados. Planilla de PR $25, Planilla Negocios y/o Servicios Profesionales $35 y la Planilla Federal $45.
¿Quién está obligado a rendir planilla?
¿Qué pasa si no se rinde planilla?
Si el contribuyente no rinde la Planilla, se expone a penalidades, cobro de intereses y recargos, así como a sanciones civiles y criminales.
¿Quién tiene que radicar planillas?
¿Qué se necesita para llenar las planillas?
Lista de los documentos necesarios para llenar sus planillas:
- ■ Tarjetas de Seguro Social del Contribuyente y Cónyuge.
- ■ Copia de las tarjetas de Seguro Social de sus Dependientes y Fecha de.
- Nacimiento de cada uno.
- ■ Licencia de Conducir.
- ■ Las planillas del año anterior (si es cliente nuevo)
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- ■ Si aplica:
