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¿Cómo se calcula el impuesto por pago de dividendos?

¿Cómo se calcula el impuesto por pago de dividendos?

Las personas morales que distribuyen dividendos no provenientes de la CUFIN, deben calcular y enterar el ISR correspondiente aplicando la tasa del 30%. Para ello, los dividendos se adicionarán con el impuesto que se deba pagar, lo cual resulta de multiplicarlos por el factor de 1.4286 (artículo 10, LISR).

¿Cómo se determina el pago del IVA ante el SAT?

  1. Suma de todos los ingresos que hayas tenido en el mes que declara (sin IVA)
  2. Suma de todos los ingresos que hayas tenido en los meses anteriores. ( sin IVA)
  3. Suma del IVA que hayas cobrado.

¿Cómo se presenta el pago definitivo mensual de IVA?

– Para dar inicio a tu declaración mensual, deberás ingresar al portal oficial del SAT. 2. – En la parte superior izquierda de la página encontrarás la sección “Declaraciones”. Ahí deberás dar clic para elegir la opción de “Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas físicas”.

¿Qué es el pago definitivo bimestral de IVA?

La Declaración bimestral para los contribuyentes inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal consiste en presentar vía línea o presencial el total de los ingresos que se tuvieron durante el periodo bimestral a declarar, así como el total de gastos facturados, de esta información se calculara la base del impuesto y …

¿Cómo se realiza una declaracion de impuestos?

  1. Selecciona el botón iniciar.
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña o e. firma.
  3. Llena los datos que te solicita la declaración.
  4. Envía la declaración.
  5. Obtén el acuse de recibo de la declaración, y en su caso línea de captura.

¿Cuándo se hace la declaracion anual 2020 personas fisicas?

Declaración Anual 2020 de personas físicas, del 1 de abril al 31 de mayo. Como cada año, las personas físicas están obligadas a presentar su Declaración Anual a partir del 1 de abril.

¿Cuándo debo hacer mi declaracion anual 2019?

El 30 de abril es el último día para presentar la declaración anual de personas físicas, correspondiente al ejercicio 2019; sin embargo, recientemente, se anunció que tienes hasta el 30 de junio de 2020, según indicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).